Pesca y Caza deportiva

Pesca y Caza deportiva

En Punta Pozo, la pesca deportiva encuentra su lugar en el Rio Dulce. Ubicado a solo 5 kilometros del poblado y rodeado de una exuberante vegetacion, este magnifico rio ofrece a los amantes de la esta practica deportiva, la posibilidad de disfrutar de una buena cosacha y tambien del hermoso paisaje lindante. Cientos de pescadores se llegan durante todo el año atraidos por la buena cantidad y calidad de los peces como el bagre, bogas y dorados, siendo este ultimo el mas buscado.

La naturaleza que rodea el rio invita a pasar una jornada agradable de paz, tranquilidad, haciendo olvidar por un momento nuestros problemas. Se puede cruzar el cauce en botes de madera dispuestos en 3 lugares diferentes: Sur de Punta Pozo, Caloj y Tasigasta. Estos, permiten la comunicacion entre los habitantes de las localidades de la margen izquierda del dulce con la ciudad de Villa Atamisqui, la cual se encuentra a solo 15 km.

Si sos amante de las fotografías, desde aquí podes llevar hermosas tomas y postales. Durante el verano, las playas del este rio suele ser el lugar de encuentro de mucha gente.

¿Que debes tener en cuenta para la caza y pesca? 

Lo mas importante para poder realizar estos deportes es contar con la licencia de caza y pesca para las temporadas. Estas deben ser tramitadas en la Direccion de Bosques y Fauna del Ministerio de la Produccion, Recursos Naturales, Forestacion y Tierras en calle Independencia 475 de la Ciudad Capital. 

Los cupos permitidos por pescador son los siguientes: Bagre, Boga y Sábalo: 10 (diez) piezas y Tararira o Soco 8 (ocho) piezas con tamaño mínimo de 30 cm, en cambio la especie DORADO (Salminus brasiliensis) se encuentra Vedada. Solamente se admite pesca y devolución.

La temporada de caza deportiva se encuentra cerrada y solamente se admite la caza de palomas. 

Los controles se realizan en forma permanente y en todo el territorio provincial de acuerdo a la Ley Prov. Nº 4.802 y sus decretos reglamentarios. Las infracciones serán sancionadas con  multas, pudiéndose proceder según el caso, al secuestro preventivo de todos los elementos utilizados.

 

APERTURA TEMPORADA DE CAZA DEPORTIVA 2018


El Ministerio de Producción, a través de la Dirección General de Bosques y Fauna informa que a partir del día 05 de mayo y hasta el 05 de agosto del corriente año queda HABILITADA LA TEMPORADA DE CAZA DEPORTIVA 2018.
La misma tiene vigencia en todo el territorio provincial EXCEPTO en los Departamentos Copo, Capital, Banda, Choya, Guasayan, Rivadavia especialmente en la Laguna de los Porongos, Lago de Termas de Río Hondo, Perilago, Embalse del Dique de Figueroa y Cauces de Ríos de Jurisdicción Provincial. Queda terminantemente prohibida la caza deportiva en las zonas de Reserva o Santuarios de la Provincia. La actividad solo está permitida en campos de propiedad privada con el correspondiente permiso de su encargado o propietario, únicamente los fines de semana, feriados nacionales, permanentes y/o provinciales (no así los departamentales y municipales) y durante las horas de luz diurna.

ESPECIES AUTORIZADAS y CANTIDADES PERMITIDAS:
Caza mayor:
• Mamíferos mayores:
Pecarí de Collar 1 (uno) por cazador y por temporada.
Puma 1 (uno) por cazador y por excursión. Solo se autoriza por daños y perjuicios a la actividad ganadera, con la debida denuncia.
Chancho cimarrón (Sus. Sp) sin límites todo el año
Para las tres especies se debe adquirir el precinto correspondiente en la Subdirección Gral. de Fauna cuyo costo es de $150 para cazador local y $250 para cazador foráneo.

Caza menor:
• Mamíferos menores: Liebre Europea, Nutria 2 (dos) ejemplares por cazador y por excursión y zorro 3 (tres) ejemplares por cazador y por excursión.
• Aves: Perdiz chica 6 (seis), Montaraz 3 (tres), Copetona o Martineta 1 (uno). y Charata 5 (cinco) Cupo total: 10 (diez) ejemplares por cazador y por excursión.
Patos: Sirirí Pampa, Sirirí Colorado, Maicero, Gargantilla, Picazo, Barcino, Capuchino, Ochogo o Biguá con un cupo de 12 (doce) ejemplares por Cazador y por excursión. Extranjeros: solo 2 (dos) Excursiones por Temporada respetando el cupo.
Palomas: Se podrán cazar durante todo el año y sin límite en toda la provincia, excepto la Torcaza “Columba picazuro” que se permitirán 40 (cuarenta) ejemplares por cazador y por excursión.

ESPECIES VEDADAS: Está prohibida la caza deportiva de todas las especies de la fauna autóctona que NO estén habilitadas para la temporada 2018. Entre ellas Corzuela, Ñandú, Pecarí Labiado, Vizcacha y Conejo.
Asimismo recuerda que es requisito indispensable contar con la Licencia de caza deportiva autorizada o permiso provisorio de caza extendido por la Subdirección Gral. de Fauna, ficha de autorización firmada por el encargado o propietario del lugar en donde realicen la caza, caso contrario se procederá al secuestro preventivo de los elementos, comiso de las piezas y multas.
El cazador que circula por vía pública o por zona de veda con productos de la caza, deberá contar con la HOJA DE RUTA firmada por la Policía o Juez de Paz del lugar del origen de la cacería.
Durante el tránsito por rutas y/o caminos públicos, las armas deberán transportarse desarmadas y guardadas en sus respectivos estuches o fundas.
Los operativos de control se realizan en forma permanente a efectos de hacer cumplir la Ley Provincial Nº 4.802 de “Protección a la Fauna Silvestre” y sus decretos reglamentarios.

Contacto

© 2015 Todos los derechos reservados. Punta Pozo

Haz tu web gratisWebnode